Me Han Dado el Alta pero Sigo con Dolor
El alta médica no significa que sus secuelas hayan desaparecido. Si sigue con dolor o limitaciones, tiene opciones legales, pero los plazos para actuar son muy cortos.
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Los plazos para impugnar el alta son muy cortos
Cuanto antes actúe, más opciones tiene. Estos son los plazos legales según quién haya emitido el alta.
Alta médica no es lo mismo que consolidación de secuelas
El alta médica es una decisión administrativa que pone fin al proceso de incapacidad temporal, dictada por el SERMAS, el INSS o la Mutua. La consolidación de secuelas es un concepto médico distinto: indica el momento en que las lesiones ya no van a evolucionar más, para bien ni para mal.
En la práctica, es habitual que el alta se produzca antes de que las secuelas hayan consolidado realmente, sobre todo cuando hay presión asistencial. Si acepta el alta sin más, corre el riesgo de renunciar a secuelas que todavía no se han manifestado del todo o de reincorporarse a su puesto sin estar realmente recuperado.
Qué puede hacer si sigue con dolor
- Presentar la disconformidad o reclamación previa dentro del plazo, según quién haya emitido el alta
- Reunir toda la documentación médica que acredite que las secuelas siguen presentes
- Solicitar un informe pericial médico independiente que respalde su disconformidad
- Diferenciar el alta médica de la consolidación real de sus secuelas antes de aceptar la baja del proceso
Un caso habitual
Un trabajador con una lesión de hombro recibió el alta del INSS tras varios meses de baja, pese a seguir con dolor y limitación de movilidad que le impedían realizar su trabajo con normalidad. Ante la urgencia del plazo, contactó el mismo día con un perito médico para valorar si el alta era médicamente correcta.
El informe pericial, elaborado con carácter urgente, reflejó que persistía una limitación funcional objetivable en las pruebas de movilidad y que la evolución clínica no era compatible con una recuperación completa en la fecha del alta.
Con ese informe, presentó la reclamación previa dentro del plazo de 11 días hábiles, evitando que el alta se convirtiera en firme sin haber podido cuestionarla.
Preguntas frecuentes
¿El alta médica significa que ya no tengo derecho a indemnización?
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar el alta?
¿Qué diferencia hay entre el alta médica y la consolidación de secuelas?
¿Qué pasa si dejo pasar el plazo para impugnar?
¿Necesito ya un informe pericial o puedo esperar?
¿Le han dado el alta y cree que es demasiado pronto?
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