Negligencias Médicas

Error de Anestesia en el Quirófano: Cuándo es Negligencia Médica

· 8 min de lectura

El siguiente es un caso ilustrativo —basado en supuestos habituales de nuestra práctica pericial, con nombres y datos identificativos modificados— sobre uno de los escenarios más delicados en responsabilidad sanitaria: un error de dosificación anestésica durante una cirugía programada, y cómo el informe pericial acredita si hubo o no negligencia médica.

El caso: una cirugía programada que terminó con daño neurológico

Sara (nombre ficticio), de 41 años, ingresó para una intervención quirúrgica programada de carácter menor, sin antecedentes relevantes ni factores de riesgo anestésico conocidos. Durante la inducción anestésica se produjo una alteración brusca de sus constantes vitales que, según la reclamación posterior, no fue detectada ni corregida con la rapidez exigible. Sara despertó de la intervención con un daño neurológico que los informes posteriores relacionaron con un episodio de hipoxia mantenida durante varios minutos críticos de la cirugía.

Qué exige el protocolo estándar de anestesia y monitorización

La anestesiología cuenta con protocolos de monitorización muy estandarizados precisamente porque los márgenes de seguridad son estrechos. Entre las exigencias habituales de la lex artis en este ámbito se encuentran:

  • Monitorización continua de saturación de oxígeno, tensión arterial, frecuencia cardiaca y capnografía durante toda la intervención.
  • Cálculo de la dosis anestésica ajustado al peso, la edad y los antecedentes del paciente, con registro de cada administración.
  • Protocolo de actuación inmediata ante alteraciones de las constantes, con tiempos de respuesta acotados.
  • Presencia continua del anestesista o de personal cualificado durante todo el acto anestésico, sin interrupciones.

La hoja de anestesia: el documento que lo registra todo

La hoja de anestesia es, junto con la historia clínica, el documento probatorio central en este tipo de reclamaciones. En ella deben quedar registrados, minuto a minuto, los valores de las constantes vitales, las dosis de fármacos administradas y cualquier incidencia detectada durante la intervención. Cuando ese registro presenta lagunas, valores incoherentes con la clínica posterior o ausencia de anotaciones en los minutos críticos, se convierte en un indicio relevante de que la monitorización no se realizó con el rigor exigible.

Cómo el informe pericial compara el registro real con el protocolo exigible

El informe pericial en estos casos no se limita a describir el daño neurológico resultante. Su función es reconstruir, a partir de la hoja de anestesia, la historia clínica y los informes de UCI o de neurología posteriores, la secuencia exacta de lo ocurrido durante la intervención, y compararla con el protocolo de monitorización y actuación que resultaba exigible según los estándares de la especialidad. Esa comparación es la que permite determinar si el daño se debió a una complicación imprevisible —que no genera responsabilidad— o a un apartamiento de la lex artis en la detección o en la respuesta ante la alteración de constantes.

En el caso de Sara, el análisis pericial de la hoja de anestesia mostró un intervalo de varios minutos sin registro de saturación de oxígeno, coincidente con el momento en que, según los informes de neurología, se produjo el episodio de hipoxia causante del daño. Esa ausencia de registro, unida a la falta de constancia de una respuesta inmediata ante la alteración, resultó determinante para sustentar la reclamación por negligencia médica.

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Preguntas frecuentes

¿Quién responde legalmente por un error de anestesia: el anestesista, el hospital o ambos?
Depende del régimen de contratación. Si el anestesista forma parte de la plantilla del hospital o de la aseguradora del centro, la responsabilidad suele dirigirse frente al centro o su seguro de responsabilidad civil. Si el anestesista actúa como profesional independiente dentro de un centro que solo le presta instalaciones, puede existir responsabilidad individual además de la del centro. En la práctica, es habitual reclamar frente a ambos y que sea el procedimiento el que determine cómo se reparte la responsabilidad.
¿Es distinto si el error ocurre en una cirugía estética en una clínica privada?
El fondo jurídico es el mismo: hay que acreditar que la actuación anestésica se apartó del protocolo exigible y que ese apartamiento causó el daño. Lo que sí suele cambiar es el marco contractual, ya que en cirugía estética programada se exige a menudo un nivel de información precontractual más exigente sobre los riesgos, lo que puede añadir un frente de reclamación adicional relacionado con el consentimiento informado.
¿Qué documentación es clave para reclamar por un error de anestesia?
La hoja de anestesia es el documento central, porque registra las dosis administradas, los parámetros de monitorización (tensión, saturación de oxígeno, frecuencia cardiaca) y cualquier incidencia durante la intervención. Junto a ella, el consentimiento informado específico de anestesia y la historia clínica completa del postoperatorio inmediato permiten reconstruir qué ocurrió y compararlo con lo que el protocolo exigía.
¿Cuál es el plazo para reclamar por un error de anestesia?
Si la negligencia se produjo en un centro público, el plazo general para la reclamación de responsabilidad patrimonial es de un año desde la estabilización de las secuelas. Si fue en un centro privado, el plazo de la acción civil es de cinco años desde que se conoce el alcance del daño. En ambos casos conviene actuar cuanto antes, porque la prueba médica se deteriora con el tiempo.

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