Alta Médica

Alta médica prematura tras un accidente de moto en la A-2: la recaída que reabrió el caso

· 8 min de lectura

Uno de los errores más costosos tras un accidente de moto es aceptar un alta médica demasiado temprana sin que las lesiones estén realmente estabilizadas. El siguiente es un caso ilustrativo —basado en supuestos habituales de nuestra práctica pericial, con nombres y datos identificativos modificados— sobre un accidente en la A-2 en el que un alta a los cinco días dio paso, semanas después, a una recaída que obligó a reabrir todo el proceso.

El accidente: una caída en la A-2 a la altura de Madrid

Rubén (nombre ficticio), de 42 años, motorista habitual, sufrió una caída en la A-2 tras verse obligado a frenar bruscamente por un vehículo que cambió de carril sin señalizar, en el tramo de acceso a Madrid. El impacto contra el asfalto le provocó una contusión lumbar y una torcedura de tobillo derecho. En el servicio de urgencias se le realizaron radiografías que no mostraron fractura, se le prescribió reposo relativo y analgesia, y a los cinco días el mismo servicio médico de la aseguradora le dio el alta, considerando resuelto el cuadro.

Por qué un alta a los cinco días era clínicamente prematura

  • Una contusión lumbar postraumática de esta intensidad requiere habitualmente varias semanas de evolución antes de poder valorar si existe afectación de partes blandas más profunda.
  • La ausencia de fractura en la radiografía inicial no descarta una lesión ligamentosa de tobillo, que suele requerir resonancia magnética si el dolor persiste más allá de la primera semana.
  • Cinco días es un plazo notablemente corto para valorar la evolución de un politraumatismo con doble localización lumbar y de tobillo.

La recaída, seis semanas después

Rubén intentó retomar su actividad laboral, pero el dolor lumbar reapareció con intensidad al cabo de seis semanas, acompañado de una inestabilidad notable en el tobillo derecho al caminar. Una resonancia magnética solicitada por su médico de cabecera reveló un esguince ligamentoso de tobillo no diagnosticado inicialmente y una contractura lumbar persistente. Se trataba, clínicamente, de una recaída directamente vinculada al accidente original, y no de una lesión nueva e independiente.

Cómo se reabrió el caso: el proceso paso a paso

01

Documentación de la recaída

Se recopilaron el parte de urgencias inicial, el alta médica a los cinco días y la resonancia magnética que acreditaba el nuevo hallazgo.

02

Informe pericial sobre la prematuridad del alta

El perito analizó si el alta a los cinco días se ajustaba a la evolución esperable de las lesiones y concluyó que no.

03

Nueva reclamación por indemnización complementaria

Se remitió a la aseguradora una reclamación recalculando los días de perjuicio reales, incluyendo el periodo de la recaída y las secuelas del tobillo.

04

Negociación y cierre del expediente

Con el informe pericial como prueba técnica, la aseguradora aceptó revisar el expediente y abonar la indemnización complementaria sin necesidad de acudir a juicio.

El resultado

La reclamación complementaria de Rubén incorporó cuarenta y dos días adicionales de perjuicio moderado correspondientes al periodo de la recaída, más una secuela leve por inestabilidad residual de tobillo, lo que incrementó de forma significativa la indemnización total percibida respecto a la que había resultado del alta inicial a los cinco días.

¿Le dieron el alta antes de estar recuperado?

Si ha sufrido una recaída tras un accidente de tráfico, aún puede reclamar la indemnización que le corresponde. Solicite nuestra valoración gratuita.

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Preguntas frecuentes

¿Puede reclamarse una indemnización adicional después de haber cobrado ya una parte?
Sí, siempre que no se haya firmado un finiquito total y definitivo que cierre el expediente. Si el alta fue prematura y se produce una recaída objetivamente relacionada con el mismo accidente, puede reclamarse la indemnización complementaria correspondiente a los días de perjuicio y las secuelas no valoradas inicialmente.
¿Qué es una recaída a efectos de un accidente de tráfico?
Es el empeoramiento o reaparición de una lesión relacionada con el accidente original, tras un periodo de aparente estabilización o alta médica. Debe acreditarse mediante informes médicos que la recaída deriva del mismo hecho lesivo y no de una causa nueva e independiente.
¿Cómo se demuestra que un alta médica fue prematura?
Mediante un informe pericial que compare la evolución clínica esperable para el tipo de lesión con el estado real del paciente en el momento del alta, y que documente los signos objetivos (limitación funcional, dolor persistente, hallazgos de imagen) que ya estaban presentes pero no fueron valorados.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la indemnización complementaria tras una recaída?
El plazo de un año para reclamar por daños derivados de accidentes de tráfico se cuenta, en estos casos, desde la estabilización definitiva de las lesiones tras la recaída, no desde la fecha del alta médica inicial, siempre que pueda acreditarse la relación causal con el accidente original.

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